FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL TEUNED

Según el artículo 10 del Reglamento Electoral, son atribuciones y obligaciones del TEUNED:

  1. Organizar, ejecutar y vigilar con absoluta independencia de criterios y actuando como máxima autoridad en este campo, las elecciones de los representantes a la Asamblea Universitaria Representativa, de los miembros del Consejo Universitario y del Rector (a).
  2. Observar los principios rectores constitucionales de legalidad, certeza, independencia, imparcialidad y objetividad.
  3. Guardar la discrecionalidad y la imparcialidad política en los procesos electorales a su cargo.
  4. Garantizar la legalidad electoral en la UNED.
  5. Proteger los derechos políticos-electorales de los electores de la UNED en los diferentes procesos electorales universitarios a su cargo.
  6. Velar por la conformación y actualización de los padrones electorales de los procesos a su cargo.
  7. Establecer normas y procedimientos de seguridad en los procesos de elaboración, impresión y embalaje del material electoral.
  8. Definir las normas de cierre, custodia y traslado del material electoral de los distintos recintos de votación a la sede del TEUNED.
  9. Interpretar en forma exclusiva y vinculante las disposiciones relativas a materia electoral universitaria.
  10. Nombrar los delegados y miembros de las juntas receptoras de votos.
  11. Garantizar que los candidatos a elección tengan acceso a los medios de comunicación electrónicos institucionales.
  12. Facilitar a los candidatos del Consejo Universitario o de la Rectoría, los medios de comunicación que el estudiante indicó en el momento de empadronarse.
  13. Conocer y resolver, en su caso, los medios de impugnación previstos en este Reglamento.
  14. Conocer en alzada de las resoluciones de sus órganos inferiores y demás recursos previstos en este Reglamento.

ñ)   Resolver las divergencias que se susciten en los procesos electorales.

    • Servir de vínculo y canal de información con respecto a los medios de comunicación masiva en material electoral.
    • Hacer la declaratoria oficial de los resultados de las elecciones universitarias, establecidas en el Estatuto Orgánico.
    • Proponer las reformas al presente Reglamento ante el Consejo Universitario.
    • Facilitar a todos los electores un medio de comunicación para efectos de información electoral general.
    • Aplicar el régimen disciplinario en asuntos electorales.
    • Definir la fecha de cierre de los padrones electorales de cada elección con sujeción al cronograma correspondiente.
    • Organizar para las elecciones de Rector y miembros del Consejo Universitario, actividades en los centros universitarios con los candidatos para darlos a conocer y promoverlos.
    • Cumplir y hacer cumplir las disposiciones del presente Reglamento.