CU adiciona nuevo capítulo en su Reglamento  

El Consejo Universitario aprobó un nuevo capítulo para el Reglamento del Consejo Universitario y sus Comisiones, sobre los procesos de consulta y de participación y derogó el acuerdo tomado hace 10 años sobre las bases participativas en algunos procesos y actividades institucionales.

El nuevo capítulo pretende que todo proyecto de reforma al Estatuto de Personal o de cualquier reglamento y toda propuesta de reglamento nuevo, sean puestos en conocimiento de la comunidad universitaria a partir del momento en que el Consejo Universitario (CU) le dé admisibilidad y lo remita a una de sus comisiones para el dictamen correspondiente.

El procedimiento que se estableció fue el siguiente: desde la Secretaría del Consejo se dará a conocer, por correo electrónico y cualquier otro medio de comunicación universitaria, la propuesta remitida a la Comisión, para que cualquier persona haga llegar a la Secretaría del CU las observaciones o comentarios que estime a bien, dentro del término de diez días hábiles.

En caso de que la propuesta sea por iniciativa de una de las comisiones de trabajo del Consejo Universitario, ésta se hará del conocimiento de la comunidad universitaria, antes de brindar el respectivo dictamen al Plenario. Las observaciones recibidas serán enviadas de inmediato a la Comisión que conoce dichos proyectos o, en su defecto, al plenario para su conocimiento.

Por otro lado, se incorpora un artículo 58 a dicho Reglamento, en el que se define que para la designación o escogencia de miembros de Comisiones, Consejos y Delegaciones que están a cargo del Consejo Universitario, el Coordinador General de la Secretaría, divulgará de manera previa y amplia por todos los medios posibles, el proceso respectivo con los requisitos solicitados, para que todo aquel interesado pueda estar informado y se postule para la designación correspondiente.

Para esto, se concederán 5 días hábiles a partir de la comunicación del proceso, para que los interesados lo hagan saber a la Secretaría del CU. El Coordinador General elaborará un informe sobre las postulaciones recibidas indicando el resultado de la convocatoria y quiénes cumplen con los requisitos solicitados y quiénes no.

Acuerdo tomado en sesión 2073-2011, Art. V, inciso 3).