Comisión de Carrera Profesional
La Comisión de Carrera Profesional (CCP) es el órgano colegiado encargado de regular el régimen de carrera universitaria de la Universidad Estatal a Distancia (UNED), incluyendo el análisis de requisitos para ascenso de categoría.
Funciones
La CCP atiende las solicitudes de incorporación y ascenso en el régimen de Carrera Profesional de la UNED. Esto incluye, además, la revisión de atestados para otorgar puntaje de carrera profesional, tales como publicaciones, obras profesionales, conocimiento de lenguas, y premios y honores. Las funciones de la CCP están definidas por el artículo 4 del Reglamento de Carrera Universitaria (RCU).
Para llevar a cabo sus funciones, la CCP tiene sesiones ordinarias de trabajo de forma bisemanal, con sesiones extraordinarias de forma recurrente según corresponda a la cantidad de solicitudes recibidas de parte de la comunidad universitaria. Usualmente, las sesiones se llevan a cabo los martes, de 8:30 a.m. a 12:00 m.d.
Para estudiar sus atestados para su posible incorporación o ascenso en el régimen de Carrera Profesional, puede enviar su solicitud formal en cualquier momento del año, al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
Por su parte, los periodos de recepción solicitudes para estudio de documentos (producción intelectual, conocimiento de lenguas y lenguajes, y premios u honores) se abren en fechas específicas, usualmente durante tres periodos anuales, que se anuncian vía correo institucional.
Requisitos para ascenso
El ascenso dentro del Régimen de Carrera Profesional se regula según lo indicado en los artículos 89, 90 y 91 del Estatuto de Personal (EP), además del capítulo IV del Reglamento de Carrera Universitaria (RCU).
El Régimen de Carrera Profesional considera cinco categorías profesionales (P1, P2, P3, P4 y P5), para las cuales es posible ascender según se alcance una serie de requisitos relacionados con la producción intelectual, la experiencia profesional, la formación académica y otros.
Los requisitos mínimos generales de cada categoría son:
Criterio | P1 | P2 | P3 | P4 | P5 |
---|---|---|---|---|---|
Formación académica y experiencia laboral | Bachillerato Universitario | Licenciatura | Licenciatura, y al menos 3 años de experiencia laboral. ó Maestría, y al menos 1 año de experiencia laboral. ó Doctorado académico (Ph.D) | Licenciatura, y al menos 5 años de experiencia laboral (mínimo 3 en la UNED). ó Maestría, y al menos 3 años de experiencia laboral (mínimo 2 en la UNED). ó Doctorado académico (Ph.D), y al menos 2 años de experiencia laboral (mínimo 1 en la UNED). | Licenciatura, y al menos 15 años de experiencia laboral (mínimo 5 en la UNED). ó Maestría, y al menos 12 años de experiencia laboral (mínimo 4 en la UNED). ó Doctorado académico (Ph.D), y al menos 10 años de experiencia laboral (mínimo 3 en la UNED). |
Puntaje global en carrera profesional |
|
| 15 puntos | 30 puntos | 50 puntos |
Producción intelectual |
|
| 3 puntos | 6 puntos | 12 puntos |
Lenguaje |
|
|
|
| 3 puntos |
El otorgamiento de puntos de carrera profesional se rige por los artículos 15 al 23 del Reglamento de Carrera Universitaria (RCU). La producción intelectual se refiere a publicaciones o autoría de obras profesionales. Lenguaje se refiere a su nivel de conocimiento en idiomas extranjeros (diferentes a su lengua natal, que no sean requisito de su puesto), LESCO, lenguas de pueblos originarios o lenguajes de programación.
Para certificar ante la CCP sus puntos por producción intelectual, lenguaje u otros, puede enviar su solicitud formal al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., y adjuntando los formularios respectivos que aparecen en la pestaña ‘Formularios’.
Acerca de la producción intelectual
Uno de los requisitos fundamentales para el ascenso a las categorías más altas del Régimen de Carrera Profesional corresponde a la producción intelectual. El otorgamiento de puntaje de carrera profesional por concepto de producción intelectual se rige por los artículos 18, 19, 20 y 21 del Reglamento de Carrera Universitaria (RCU).
La producción intelectual puede llevarse a cabo mediante publicaciones (obras publicadas, con su respectivo registro bibliográfico ISBN o ISSN) u obras profesionales (obras artísticas, científicas o técnicas). Los requisitos fundamentales para el ascenso a las categorías más altas del Régimen de Carrera Profesional son:
Criterio | P3 | P4 | P5 |
---|---|---|---|
Producción intelectual | Desde un mínimo de 3 hasta un máximo de 9 puntos. | Desde un mínimo de 6 hasta un máximo de 15 puntos, de los cuales, al menos el 50% debe corresponder a puntos por publicaciones (con ISBN o ISSN). | Desde un mínimo de 12 hasta un máximo de 27 puntos, de los cuales, al menos el 50% debe corresponder a puntos por publicaciones (con ISBN o ISSN). |
Para que sus publicaciones sean evaluadas estas deben cumplir con:
- Ser publicaciones completas (pueden ser artículos científicos, libros, capítulos de libro, ponencias u obras literarias).
- Contar con su respectivo registro ISBN o ISSN.
- Haber sido publicados en su totalidad.
- Ser 100% originales (si se determinan indicios de cualquier tipo de plagio académico, incluyendo autoplagio, su documento no podrá ser evaluado).
El puntaje que se otorgue corresponderá a la ponderación obtenida por dos rubros: la valoración dada a su contenido por especialistas por solicitud de la CCP, y el cumplimiento de criterios de rigurosidad científica y aporte académico o cultural definidos por la CCP.
Por su parte, los requisitos fundamentales para la evaluación de obras profesionales se indican en el artículo 21 del RCU.
Para certificar ante la CCP sus puntos por producción intelectual, puede enviar su solicitud formal al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., y adjuntando los formularios respectivos que aparecen en la pestaña ‘Formularios’.
Integrantes
La conformación actual de la CCP es:
Nombre | Puesto | Nombramiento |
Mag. Elizarda Vargas Morúa (coordinadora) | Asesora académica, Vicerrectoría Académica | Titular nombrado por C.U. |
Dr. Mario Marín Romero | Productor académico | Titular nombrado por C.U. |
Dra. Jensy Campos Céspedes | Directora, Centro de Investigaciones en Educación | Titular nombrado por C.U. |
Mag. Marcela Sanabria Hernández | Encargada de Cátedra, Escuela de Ciencia Sociales y Humanidades | Titular nombrado por C.U. |
Dr. Francisco Mora Vicarioli | Profesor Escuela de Ciencias de la Administración | Representante sindical |
Mag. Randall Trejos Alvarado | Tutor, Escuela de Ciencia Sociales y Humanidades | Representante de UNEDPRO |
Mag. Olmedo Bula Villalobos | Profesor Centro de Idiomas | Suplente nombrado por C.U. |
La integración de la CCP se rige por el artículo 87 del Estatuto de Personal.
Normativa
Puede acceder al reglamento que rige las funciones de la CCP, así como lo relacionado con la incorporación y el ascenso en el Régimen de Carrera Profesional de la UNED, a través de los siguientes enlaces:
- Reglamento de Carrera Universitaria
- Estatuto de Personal
- Reglamento de Tutores de Jornada Especial
- Convenio para el reconocimiento salarial en las contrataciones de académicos de las instituciones de educación superior universitaria estatal de Costa Rica
Formularios
Lista de formularios (Para solicitud de revisión de atestados para puntaje para el régimen de carrera profesional de la Universidad Estatal a Distancia (UNED), de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Carrera Universitaria (RCU) de la UNED)
Formulario CCP-01-FSRPv01-2023 (Para puntaje por artículo 19 RCU):
“Solicitud de revisión de Publicaciones para puntos de Carrera Profesional”
Este formulario le guiará para realizar su solicitud de revisión de publicaciones para obtener puntos de carrera profesional, incluyendo:
- libros científicos o académicos
- capítulos de libros científicos o académicos
- ponencias publicadas en memorias de congresos
- artículos publicados en revistas científicas
- publicación de obras literarias
Para llevar a cabo su solicitud de revisión de una publicación por concepto del artículo 19 RCU, complete este formulario junto con su respectiva declaración jurada, y envíe estos documentos juntos con la obra correspondiente, en el formato indicado en este formulario, en las fechas habilitadas por la CCP para tales efectos, al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Formulario CCP-02-FDJAv01-2023 (Declaración jurada – complementario al Formulario CCP-01-FSRPv01-2023)
“Declaración jurada de autoría o coautoría de obra publicada”
Este formulario es complementario al anterior, debe adjuntarlo junto con su solicitud de revisión de Publicaciones para puntos de Carrera Profesional, corresponde a su declaración jurada de autoría o coautoría de la obra publicada y, en caso de coautoría, debe ser firmada por todas las personas del equipo de autoría de la obra.
Formulario CCP-04-FSROPv01-2023 (Para puntaje por artículo 21 RCU):
“Solicitud de revisión de obras artísticas, científicas y técnicas para puntos de Carrera Profesional”
Este formulario le guiará para realizar su solicitud de revisión de obras profesionales para obtener puntos de carrera profesional, incluyendo:
- Obras artísticas
- Obras científicas
- Obras técnicas
- Otras, según lo descrito en el artículo 21 RCU
Para llevar a cabo su solicitud de revisión de una obra profesional por concepto del artículo 21 RCU, complete este formulario junto con su respectiva declaración jurada, y envíe estos documentos juntos con la obra correspondiente, en el formato indicado en este formulario, en las fechas habilitadas por la CCP para tales efectos, al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Formulario CCP-05-FDJAOPv01-2023 (Declaración jurada – complementario al Formulario CCP-04-FSROPv01-2023)
Este formulario es complementario al anterior, debe adjuntarlo junto con su solicitud de revisión de Obras Profesionales para puntos de Carrera Profesional, corresponde a su declaración jurada de autoría o coautoría de la obra publicada y, en caso de coautoría, debe ser firmada por todas las personas del equipo de autoría de la obra.
Novedades y cápsulas
Cápsulas 2022:
Cápsula 14
Estimada comunidad universitaria:
El tercer periodo de recepción de libros, artículos, ponencias, obra profesional para evaluación y certificaciones de puntos de idiomas se habilitará:
- Del 29 de agosto al 2 de septiembre del 2022
Cabe señalar que durante todo el año se recibirán solicitudes de estudio de expediente para
posibles ascensos, y que todo trámite debe realizarse de forma digital al correo indicado
Cápsula 13
Estimada comunidad universitaria:
Se tiene derecho al ascenso a profesional 4 si la persona funcionaria cuenta, dentro de otros requisitos, con:
- Licenciatura y 5 años de experiencia (3 de ellos en la UNED) o
- Maestría y 3 años de experiencia (2 de los cuales deben ser en la UNED) o
- Doctorado y 2 años de experiencia (1 de ellos en la UNED)
- Al menos 6 puntos en publicaciones
- Al menos el 50% debe ser por concepto de publicaciones (más información artículo 90 del Estatuto de Personal).
Cápsula 12
Estimada comunidad universitaria:
Se tiene derecho al ascenso a profesional 5 si la persona funcionaria cuenta, dentro de otros requisitos, con:
- Licenciatura y 15 años de experiencia en educación universitaria (5 en la UNED) o
- Maestría y 12 años de experiencia en educación universitaria (4 en la UNED) o
- Doctorado y 10 años de experiencia en educación universitaria (3 en la UNED)
- Al menos 12 puntos en publicaciones
- 3 puntos en un idioma, que no sea requisito para el puesto (lenguas extranjeras, LESCO, lenguaje de computación, lenguas de pueblos originarios)
- Al menos el 50% debe ser por concepto de publicaciones (más información artículo 90 del Estatuto de Personal).
Cápsula 11
Estimada comunidad universitaria:
Respecto al ingreso a carrera profesional:
- Si la persona funcionaria ingresa por concurso con un bachillerato universitario, su categoría es Profesional 1 (P1).
- Si la persona funcionaria ingresa con una Licenciatura, Maestría o Doctorado, su categoría es Profesional 2 (P2).
Los ascensos a las otras categorías dependerán de la producción intelectual, la experiencia laboral, premios, el conocimiento de idiomas y lenguaje en computación.
Cápsula 10
De conformidad con el artículo 35 del Estatuto Orgánico de la UNED:
Existirá un Estatuto de Personal que garantice la estabilidad y el desarrollo de la carrera universitaria de los funcionarios de la UNED. Dicho régimen definirá categorías académicas y profesionales, basadas en:
- estudios realizados,
- experiencia académica,
- experiencia laboral y
- producción intelectual
Cápsula 9
Estimada comunidad universitaria:
De conformidad con el Estatuto de Personal, la CCP esta compuesta por:
- Cuatro miembros titulares y un suplente nombrados por el Consejo Universitario por un período de 3 años.
- Un representante del sindicato UNE-UNED y la asociación UNEDPRO.
- Todos deberán ser funcionarios a tiempo completo.
Cápsula 8
Estimada comunidad universitaria:
Durante el año 2021, se realizaron un total de 94 estudios de expedientes, de conformi-
dad con las solicitudes realizadas por las personas funcionarias pertenecientes a carrera
profesional.
En este periodo se emitieron un total de 988 oficios, en los que se transcribieron los
acuerdos tomados por la CCP. Estos fueron comunicados a los interesados de forma
digital, cumpliendo de esta manera con lo establecido en la normativa.
Cápsula 7
Estimada comunidad universitaria:
El segundo periodo de recepción de libros, artículos, ponencias, obra profesional para evaluación y certificaciones de puntos de idiomas se habilitará:
- Del 6 al 10 de junio del 2022
Cabe señalar que durante todo el año se recibirán solicitudes de estudio de expediente para
posibles ascensos, y que todo trámite debe realizarse de forma digital al correo indicado.
Cápsula 6
Estimada comunidad universitaria:
Algunas mejoras alcanzadas por la CCP son:
- Fortalecimiento de la base de evaluadores.
- Comunicación constante mediante cápsulas informativas.
- Creación de un manual, con base en el reglamento, el cual establece criterios para la valoración de los trabajos.
- Revisión y mejora de los instrumentos de evaluación.
- Valoración de los trabajos académicos considerando criterios de calidad de las revistas en las cuales publica la persona funcionaria.
Cápsula 5
Estimada comunidad universitaria:
En el año 2021, la CCP instó a la comunidad universitaria a inscribirse en la base de datos para colaborar como “par evaluador”. Se obtuvo como resultado un total de 358 colaboraciones.
Los pares evaluadores son especialistas que colaboran en la evaluación de publicaciones para ascenso en carrera universitaria y reciben a cambio “unidades de paso”, las cuales se traducen en reconocimientos salariales adicionales como lo indica el artículo 36 del Reglamento de Carrera Universitaria.
Cápsula 4
Estimada comunidad universitaria:
Toda solicitud de valoración de obras, premios y ascensos que se realice a la CCP, debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Realizarse por escrito al correo de contacto (Ley de Regulación al Derecho de Petición, art.4).
- Incluir el nombre, cédula y el objeto de su consulta o petición.
- Adjuntar los documentos que sustentan la petición (cuando se amerite).
- Para las solicitudes de calificación de documentos y la correspondiente declaración jurada, deben utilizarse los formatos que la CCP ha dispuesto para los funcionarios y deben venir firmadas.
No se tramitarán solicitudes que ameriten declaraciones juradas, si estas no vienen completas.
Cápsula 3
Estimada comunidad universitaria:
En el año 2021, la CCP atendió 543 solicitudes, de las cuales 371 fueron para calificación de documentos y 77 fueron para ascenso en carrera universitaria.
Un total de 4 profesionales alcanzaron el grado de profesional 5 en el 2021.
Cápsula 2
Estimada comunidad universitaria:
En relación con los trámites ante esta comisión, la CCP hace una solicitud vehemente de respeto a la normativa universitaria. El artículo 34 del Estatuto de Personal establece los deberes que asumimos los funcionarios entre ellos:
“Guardar a sus compañeros de trabajo, la consideración y el respeto debidos, sin perjuicio de la obligación de denunciar todo comportamiento indecoroso, irrespetuoso, deshonesto que estos demuestren en el ejercicio de sus funciones” (art. 34. F)
En cumplimiento de lo anterior, la CCP se compromete a denunciar cualquier acto que trasgreda la normativa universitaria en perjuicio de cualquiera de sus miembros o de su asistente administrativa.
Cápsula 1
El primer periodo de recepción de libros, artículos, ponencias, obra
profesional para evaluación y certificaciones de puntos de idiomas se habilitará:
Del 7 al 11 de marzo del 2022
Cabe señalar que durante todo el año se recibirán solicitudes de estudio de expediente para
posibles ascensos, y que todo trámite debe realizarse de forma digital al correo indicado.
Cápsulas 2021:
Cápsula 14
Que el espíritu de la Navidad llene nuestros corazones de amor, gozo y paz.
¡Feliz Navidad y Próspero Año2022, les desea la Comisión de Carrera Profesional!
Cápsula 13
Estimada comunidad universitaria:
La recepción de documentos para calificación termina el viernes 8 de octubre, otro tipo de solicitudes y trámites se recibirán hasta el 29 de octubre inclusive (sin excepción).
Toda la documentación debe presentarse en forma digital y con sus respaldos; cualquier consulta deben hacerla a la Sra. Carmen Agüero.
La comisión se mantendrá trabajando de forma regular, para atender las solicitudes pendientes.
Contacto: Enviar correo electrónico / 22343236 ext. 3909
Cápsula 12
Estimada comunidad universitaria:
Debido a la cantidad de trabajo experimentada durante el primer período de recepción del 2021, se modifican las fechas de recepción de libros, artículos, ponencias, obra profesional para evaluación y certificaciones de puntos de idiomas de la siguiente forma: Debido a la cantidad de trabajo experimentada durante el primer período de recepción del 2021, se modifican las fechas de recepción de libros, artículos, ponencias, obra profesional para evaluación y certificaciones de puntos de idiomas de la siguiente forma:
Del 5 al 9 de julio
Del 4 al 8 de octubre
Cabe señalar que durante todo el año se recibirán solicitudes de estudio de expediente para posibles ascensos, y que todo trámite debe realizarse de forma digital al correo indicado.
Contacto: Enviar correo electrónico / 22343236 ext. 3909
Cápsula 11
¿Qué responsabilidades se adquieren al ser evaluador(a) de la Comisión de Carrera Profesional?
- Toda persona funcionaria que colabore con la Comisión de Carrera Profesional evaluando documentos, debe guardar confidencialidad respecto a la persona que califica.
- Dicha información debe reservarla para proceder de forma responsable y ética.
Contacto: Enviar correo electrónico / 22343236 ext. 3909
Cápsula 10
- El señor Federico Li Bonilla, Ph. D. culmina su período como miembro en la CCP y como presidente de la misma. Se agradece al señor Li Bonilla su aporte y liderazgo durante su gestión. A partir del 20 de julio de 2021 el nuevo coordinador de la Comisión es el señor Gabriel Quesada Avendaño, Ph. D.
Contacto: Enviar correo electrónico / 22343236 ext. 3909
Cápsula 9
¿Qué responsabilidades se adquieren al ser evaluador(a) de la Comisión de Carrera Profesional?
- En caso que se le asigne un documento para calificar de una persona con quien tenga parentezco por consanguineidad o afinidad, o bien con quien tenga un conflicto de intereses, debe proceder a la devolución del documento sin calificar y a la mayor brevedad posible.
Contacto: Enviar correo electrónico / 22343236 ext. 3909
Cápsula 8
¿Qué responsabilidades se adquieren al ser evaluador(a ) de la Comisión de Carrera Profesional?
- Toda persona funcionaria que colabore con la Comisión de Carrera Profesional evaluando documentos , adquiere el compromiso de entregar, con base en el formulario que la Comisión le hace lleg r, en el término de un mes e l documento calificado.
- En el caso de identificar problemas de citación, debe comunicarlo a la Comisión.
Contacto: Enviar correo electrónico / 22343236 ext. 3909
Cápsula 7
¿Qué beneficios se obtienen al ser evaluador(a) para la Comisión de Carrera Profesional?
- Toda persona funcionaria que colabore con la Comisión de Carrera Profesional evaluando documentos, adquiere como beneficio la obtención de “unidades” para adquirir “pasos”.
- La Comisión invita a la comunidad universitaria, a inicio de cada año, a enviar su currículum para formar parte de la base de evaluadores.
Contacto: Enviar correo electrónico / 22343236 ext. 3909
Cápsula 6
Estimada comunidad universitaria:Estimada comunidad universitaria:
Debido a la cantidad de trabajo experimentada durante el primer período de recepción del 2021, se modifican las fechas de recepción de libros, artículos, ponencias, obra profesional para evaluación y certificaciones de puntos de idiomas de la siguiente forma:
Del 5 al 9 de julioDel 4 al 8 de octubre
Cabe señalar que durante todo el año se recibirán solicitudes de estudio de expediente para posibles ascensos, y que todo trámite debe realizarse de forma digital al correo indicado.
Contacto: Enviar correo electrónico / 22343236 ext. 3909
Cápsula 5
¿Cómo nombra la Comisión de Carrera Profesional a quienes realizan la evaluación de documentos?
La Comisión de Carrera Profesional, con base en una lista de evaluadores que se levanta cada año, asigna dos personas expertas para calificar los documentos que se presentan. Se considera principalmente:Títulos académicos.Experiencia en la materia que va a evaluar.Responsabilidad. Puntualidad demostrada.Imparcialidad.
Contacto: Enviar correo electrónico / 22343236 ext. 3909
Cápsula 4
¿Quiere constituirse en evaluador para la Comisión de Carrera Profesional?¿Quiere constituirse en evaluador para la Comisión de Carrera Profesional?
Toda persona funcionaria que forme parte de Carrera Profesional, y preferiblemente que haya participado en la elaboración de ponencias, artículos científicos o libros, puede constituirse en un evaluador(a) para la Comisión de Carrera Profesional.La Comisión invita a la comunidad universitaria, a inicios de cada año, a enviar su currículum para formar parte de la base de evaluadores.
Contacto: Enviar correo electrónico / 22343236 ext. 3909
Cápsula 3
Estimada comunidad universitaria:Estimada comunidad universitaria:
De conformidad con el artículo 35 del Estatuto Orgánico de la UNED:
Existirá un Estatuto de Personal que garantice la estabilidad y el desarrollo de la carrera universitaria de los funcionarios de la UNED. Dicho régimen definirá categorías académicas y profesionales, basadas en:
estudios realizados, experiencia académica, experiencia laboral y producción intelectual.Cabe señalar que durante todo el año se recibirán solicitudes de estudio de expediente para posibles ascensos, y que todo trámite debe realizarse de forma digital al correo indicado.
Contacto: Enviar correo electrónico / 22343236 ext. 3909
Cápsula 2
Debido a la cantidad de trabajo experimentada durante el primer período de recepción del 2021, se modifican las fechas de recepción de libros, artículos, ponencias, obra profesional para evaluación y certificaciones de puntos de idiomas de la siguiente forma: Debido a la cantidad de trabajo experimentada durante el primer período de recepción del 2021, se modifican las fechas de recepción de libros, artículos, ponencias, obra profesional para evaluación y certificaciones de puntos de idiomas de la siguiente forma:
- Del 5 al 9 de julio
- Del 4 al 8 de octubre
Cabe señalar que durante todo el año se recibirán solicitudes de estudio de expediente para posibles ascensos, y que todo trámite debe realizarse de forma digital al correo indicado. Contacto: Enviar correo electrónico / 22343236 ext. 3909
Cápsula 1
Estimada comunidad universitaria:
Durante el 2021 se habilitarán tres periodos de recepción de libros, artículos, ponencias, obra profesional para evaluación y certificaciones de puntos de idiomas:
Del 15 al 22 de marzo
Del 31 de mayo al 11 de junio
Del 13 al 24 de septiembre
Cabe señalar que durante todo el año se recibirán solicitudes de estudio de expediente para posibles ascensos, y que todo trámite debe realizarse de forma digital al correo indicado.
Contacto: Enviar correo electrónico / 22343236 ext. 3909
Cápsulas 2020:
Cápsula 17
Estimada comunidad universitaria:
- Se tiene derecho al ascenso a profesional 4 si el funcionario cuenta, dentro de otros requisitos, con:
Licenciatura y 5 años de experiencia (3 de ellos en la UNED) o - Maestría y 3 años de experiencia (2 de los cuales deben ser en la UNED) o
- Doctorado y 2 años de experiencia (1 de ellos en la UNED)
- Al menos 6 puntos en publicaciones
- Al menos el 50% debe ser por concepto de publicaciones y el restante en obra profesional o premios y honores.
Cápsula 16
Estimada comunidad universitaria:
- Se informa que el 30 de octubre se cierra la recepción de estudio de expedientes ante la Comisión de Carrera Profesional.
- La Comisión permanecerá sesionando en forma extraordinaria para atender situaciones indispensables y urgentes.
.
Cápsula 15
Comisión de Carrera Profesional,
- Se suspende la recepción de documentos para evaluación programada del 5 al 19 de octubre del 2020, lo anterior por cuanto falta el nombramiento de uno de los miembros de esta Comisión, elección que debe realizarla el Consejo Universitario por unanimidad de votos de los actuales consejales.
Se continuarán realizando sesiones extraordinarias para atender temas urgentes, como por ejemplo: para nombrar nuevos evaluadores en aquellos casos en que los documentos entregados en períodos anteriores, han sido devueltos sin calificar por las personas que fueron asignadas.
Las cápsulas informativas se seguirán enviando a la comunidad por cuanto fueron aprobadas con anterioridad.
Cápsula 14
Comisión de Carrera Profesional,
- Pone en conocimiento a la comunidad universitaria que la Sra. Rosa María Vindas Cháves, Jefe de Recursos Humanos, mediante correo del 15 de septiembre del 2020, comunicó que no aplicará los ascensos aprobados por la CCP a partir del mes de setiembre del 2020.Pone en conocimiento a la comunidad universitaria que la Sra. Rosa María Vindas Cháves, Jefe de Recursos Humanos, mediante correo del 15 de septiembre del 2020, comunicó que no aplicará los ascensos aprobados por la CCP a partir del mes de setiembre del 2020.
- ¡Celebramos junto a la comunidad universitaria el 199 aniversario de vida independiente!
Cápsula 13
Estimada comunidad universitaria,
- Se tiene derecho al ascenso a profesional 3 si el funcionario cuenta, dentro de otros requisitos con:
- Licenciatura y 3 años de experiencia o maestría y 1 año de experiencia en docencia o grado de doctor.
- Al menos 3 puntos otorgados en publicaciones, premios y honores.
Cápsula 12
Estimada comunidad universitaria,
- Se les recuerda que el tercer periodo del presente año para la recepción de libros, artículos, ponencias, obra profesional para evaluación y certificaciones de puntos de idiomas se extenderá del 5 al 19 de octubre inclusive.Se les recuerda que el tercer periodo del presente año para la recepción de libros, artículos, ponencias, obra profesional para evaluación y certificaciones de puntos de idiomas se extenderá del 5 al 19 de octubre inclusive.
- Tomando en cuenta las medidas de distanciamiento social en el contexto del COVID-19 y basados en los acuerdos adoptados en la sesión del Consejo de Rectoría 2075-2020, se les informa que para dicho período únicamente se recibirá documentación en forma digital.
Cápsula 11
Estimada comunidad universitaria,
- La Comisión de Carrera Profesional es un órgano colegiado que tiene como una de sus funciones el nombramiento de evaluadores para que califiquen las publicaciones y obras artísticas, científicas o técnicas que le son presentadas por los funcionarios.
- Los puntajes se otorgan con base en rúbricas de calificación que consideran la rigurosidad científica y el aporte académico o cultural del trabajo.
- Una vez recibidas las calificaciones de los evaluadores, la Comisión procede a promediar y asignar una nota (conforme con una tabla de calificación).
- Existen puntajes mínimos y máximos, por lo que si el promedio de las calificaciones de los evaluadores no alcanza el 60%, no se le otorgará puntaje para carrera profesional, de acuerdo al reglamento.
Cápsula 10
Estimada comunidad universitaria,
- El puntaje máximo otorgado para los artículos científicos es de 2 puntos.
- Para ponencias se otorga un máximo de 1 punto ( y debe contar con memoria).
- Para los libros se otorga hasta 5 puntos.
- En caso de coautoría se distribuye el puntaje entre el número de participantes salvo que los autores indiquen otra forma de distribución mediante una declaración jurada.
Cápsula 9
Estimada comunidad universitaria,
Según los artículos 18 y 19 del Reglamento de Carrera Universitaria, la producción intelectual corresponde a publicaciones u obras que realice el funcionario en medios que tengan ISBN o ISSN ya sea mediante:
- artículos científicos,
- libros,
- obras artísticas,
- obras profesionales.
Cápsula 8
Estimada comunidad universitaria,
Respecto al ingreso a carrera profesional:
- si la persona ingresa por concurso con un bachillerato universitario su categoría es Profesional 1 (P1).
- si la persona ingresa con una Licenciatura, Maestría o Doctorado su categoría es Profesional 2 (P2).
Los ascensos a las otras categorías dependerán de la producción intelectual, la experiencia laboral, el conocimiento de idiomas y lenguaje en computación.
Cápsula 7
Se denomina sistema de avance a la promoción del personal profesional en virtud de:- condición académica,
- experiencia profesional,
- producción intelectual,
- premios y honores.
Todo según se regula en el Reglamento de Carrera Universitaria.
Cápsula 6
Algunas funciones de la Comisión de Carrera Profesional son:- Cumplir con el Reglamento de Carrera Universitaria.
- Conocer y resolver los ingresos y ascensos de profesionales a la carrera profesional.
- Conocer los recursos de revocatoria sobre los acuerdos tomados por la comisión.
- Mantener al día los expedientes de los funcionarios que ingresan a carrera profesional.
- Comunicar a las instancias que correspondan las incorporaciones y ascensos.
Cápsula 5
De conformidad con el Estatuto de Personal, la comisión de Carrera Profesional esta compuesta por:
- Cuatro miembros titulares nombrados por el Consejo Universitario por un período de 3 años.
- Un representante del sindicato UNE-UNED y la asociación UNEDPRO.
- Todos deberán ser funcionarios a tiempo completo.
Cápsula 4
Se les recuerda que el segundo periodo del presente año para la recepción de libros, artículos, ponencias, obra profesional y certificaciones de puntos de idiomas se abrirá del 8 al 22 de junio inclusive.
Tomando en cuenta las medidas de distanciamiento social para frenar el contagio del COVID-19 y basados en los acuerdos adoptados en la sesión del Consejo de Rectoría 2075-2020, se les informa que para dicho periodo únicamente se recibirá documentación en forma digital.
Cápsula 3
Tomando en cuenta las medidas de distanciamiento social para frenar el contagio del COVID-19 y basados en los acuerdos adoptados en la sesión del Consejo de Rectoría 2075-2020 del día 20 de marzo del presente año, se les informa que la Comisión de Carrera Profesional esta sesionando de manera virtual desde el 24 de marzo con el fin de mantener el servicio a la comunidad Unediana.
Cápsula 2
En el año 2019, los miembros de la Comisión de Carrera Profesional, como colaboración con la comunidad universitaria, participaron en seis sesiones del curso de Inducción a la UNED. Esto permitió que cerca de 200 funcionarios fueran informados del régimen de carrera profesional con base en el Reglamento de Carrera Universitaria y el Estatuto de Personal en temas variados como: ascensos, publicaciones, puntajes, entre otros.
Cápsula 1
Durante el 2020 se habilitan tres periodos de recepción de: libros, artículos, ponencias, puntos de idioma y obra profesional:
- Del 3 al 17 de febrero
- Del 8 al 22 de junio
- Del 5 al 19 de octubre
Cabe señalar que, durante todo el año se recibirán solicitudes de estudio de expediente para posibles ascensos.
Esta medida permite agilizar los procesos de valoración y seguimiento de casos.
Gracias.
Cápsulas 2019:
Cápsula 5
Estimada comunidad universitaria:
De conformidad con el artículo 22 del Reglamento de Carrera Universitaria, se adjudicarán hasta tres puntos por cada idioma que conozca el profesional (cuando no se requisito del puesto), con exclusión de su lengua materna, según la siguiente escala:
- Un punto por comprensión global de textos (dentro de la especialidad profesional).
- Dos puntos por conocimiento global de textos y conocimientos rudimentarios de las estructuras.
- Tres puntos por comprensión y expresión oral y escrita en grado suficiente.
Los puntos por concepto de idioma servirán para el ascenso de Profesional 4 a Profesional 5.
Agradecemos la atención y estamos para servirles.
Contacto: Enviar correo electrónico
Teléfono 22343236 ext.3909
Cápsula 4
Comisión de Carrera Profesional
Estimada comunidad universitaria:
- La valoración de las diferentes obras se realiza a partir de la calificación que realizan dos lectores-especialistas, seleccionados por los miembros de la Comisión y con base a instrumentos internos. Para la calificación se considera además: el lugar de la publicación, la rigurosidad científica y el aporte académico o cultural del trabajo.
- La puntuación máxima para cada obra se rige a partir de la siguiente distribución:
- Ponencias - máximo de 1 punto.
- Artículos - máximo de 2 puntos.
- Libros - máximo de 5 puntos.
Agradecemos la atención.
Contacto: Enviar correo electrónico
Teléfono 2234-3236 ext.3909
Cápsula 3
Comisión de Carrera Profesional
Estimada comunidad universitaria:
- De conformidad con el artículo 19 del Reglamento de Carrera Universitaria, se otorgan puntajes por libros o trabajos originales completos, publicados en revistas o memorias indexadas.
- En el caso de coautoría el puntaje se acredita de manera proporcional a la participación de cada autor(a), de conformidad con una declaración jurada que se presenta al momento de solicitar la valoración.
Agradecemos la atención y estamos para servirles.
Contacto: Enviar correo electrónico
Teléfono 22343236 ext.3909
Cápsula 2
Comisión de Carrera Profesional
Estimada comunidad universitaria:
- De conformidad con el Artículo 19 del Reglamento de Carrera Universitaria, se otorgan puntajes por libros o trabajos originales completos, publicados en revistas o memorias indexadas.
- En el caso de coautoría el puntaje se acredita de manera proporcional a la participación de cada autor(a), de conformidad con una declaración jurada que se presenta al momento de solicitar la valoración.
Agradecemos la atención y estamos para servirles.
Gracias.
Contacto: Enviar correo electrónico
Teléfono 22343236 ext.3909
Cápsula 1
Comisión de Carrera Profesional
Estimada comunidad universitaria:
Es importante realizar una adecuada selección de los medios para publicar obras académicas (sean estos libros o artículos). Algunas consideraciones son:
- Que posean ISBN o ISSN.
- Que tengan comité editorial científico.
- Que cuenten con el respaldo de instituciones académicas de prestigio.
Agradecemos la atención y estamos para servirles.
Gracias.
Contacto: Enviar correo electrónico
Teléfono 2234 3236 ext.3909
Ver imagen (formato jpg)
Contacto
Puede enviar todas sus solicitudes a la cuenta de correo electrónico oficial de la CCP: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
Además, en caso de consultas, o para solicitar asesoría, puede contactar con la Lic. Carmen Agüero Canales, asistente de la CCP, al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., quien podrá atenderle en horario de lunes a viernes, de 7:00 a.m. a 3:30 p.m.