Modificación al artículo 6 del Reglamento sobre el Régimen de Puestos de Confianza en la UNED
SESIÓN 2669-201814 DE JUNIO DEL 2018
ARTÍCULO II
Se modifica el acuerdo tomado por el Consejo Universitario en la sesión 2667-2018, Art. IV, celebrada el 07 de junio del 2018, de la siguiente manera:
CONSIDERANDO:
1. La propuesta planteada por la Rectoría, para que se modifique el artículo 6 del Reglamento sobre el Régimen de Puestos de Confianza en la UNED.
2. El tercer párrafo del artículo 57 del Reglamento del Consejo Universitario y sus Comisiones establece que:
“Cuando se trate de propuestas de reglamentos nuevos o de modificación de los existentes en los que se normen aspectos que involucren el funcionamiento de instancias o dependencias específicas, la comisión que dictamine las propuestas respectivas deberá contar únicamente con el criterio de la instancia o dependencia de la que se trate”.
SE ACUERDA:
1. Dispensar el trámite de consulta que establece el artículo 6, inciso d) y el artículo 57 del Reglamento del Consejo Universitario y sus Comisiones.
2. Modificar el artículo 6 del Reglamento sobre el Régimen de Puestos de Confianza en la UNED, de la siguiente manera:
Artículo 6.- Cantidad de puestos de confianza. El número de puestos de confianza en la UNED será de hasta cinco Asesores para la Rectoría y dos para el Consejo Universitario, el correspondiente al de la Coordinación General de la Secretaría del Consejo Universitario y al asesor jurídico del Consejo Universitario. En caso de que se requieran puestos adicionales el Consejo Universitario definirá lo correspondiente, previa solicitud razonada.
ACUERDO FIRME
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- Última actualización: Jueves, 20 Junio 2019 16:52