Reestructuración de la Oficina JurÃdica
SESIÓN 2156-2012
03 de mayo del 2012
ArtÃculo II, inciso 1)
Reestructuración de la actual Oficina JurÃdica.
Se conoce propuesta sobre el asesoramiento jurÃdico que requiere la Institución (REF. CU-247-2012), presentada por la Comisión Especial nombrada por el Consejo Universitario, en sesión 2038-2010, Art. V, inciso 2), celebrada el 27 de mayo del 2010, e integrada por los señores JoaquÃn Jiménez, quien coordina, Ramiro Porras y José Miguel Alfaro.
CONSIDERANDO QUE:
1. En sesión 1064-1993, ArtÃculo V, inciso 2) del 10 de noviembre de 1993, el Consejo Universitario crea la Oficina JurÃdica.
2. La Oficina JurÃdica cumple con una labor coadyuvante de tipo técnico, dedicada a prestar la asesorÃa legal a la Universidad de manera activa y reactiva, especialmente al Consejo Universitario, a la RectorÃa y las VicerrectorÃas.
3. En la actualidad la Oficina JurÃdica depende directamente del Consejo Universitario y se rige a partir de su propio reglamento.
4. La dinámica de la asesorÃa jurÃdica institucional demuestra que los cambios constantes en el ordenamiento jurÃdico, denotan que su actuar no se limita a los asuntos de interés exclusivos del Rector o del Consejo Universitario, sino que trascienden y tienen incidencia de carácter interno y externo a la Institución. Por lo tanto, debe redefinirse para su fortalecimiento: la organización, el ámbito de acción y las funciones.
5. La constante evolución del quehacer universitario, ha provocado cambios significativos desde la creación de esta dependencia; por lo cual, la asesorÃa legal de la Institución en los tiempos actuales, demanda el desarrollo de diversos niveles de especialización en el campo del Derecho, con el fin de atender los múltiples procesos académicos y administrativos de la Universidad.
6. Al Consejo Universitario, como el órgano directivo superior de la Universidad le corresponde entre otras funciones, aprobar, reformar e interpretar los reglamentos, remover de sus cargos por justa causa debidamente comprobada, a los funcionarios, adjudicar las licitaciones públicas con arreglo a las leyes y a las disposiciones reglamentarias, autorizar la celebración de convenios y contratos en aquellos casos en que la ley o los reglamentos asà lo requieran; aprobar y modificar el Manual de Organización y Funciones de la Universidad, aprobar la creación o supresión de las unidades académicas, administrativas y técnicas de la Universidad, aprobar la enajenación de los bienes muebles e inmuebles de la Institución, de acuerdo con las disposiciones legales, estatutarias y reglamentarias; agotar la vÃa administrativa; y cualesquiera otras que señalen el Estatuto Orgánico y los reglamento. Por lo tanto, requiere de asesorÃa legal independiente, continua y especializada en relación con el resto del cuerpo jurÃdico institucional. .
7. Es importante implementar una estrategia de asesorÃa jurÃdica que se proyecte y sea acorde con el crecimiento de los servicios que se brindan a la comunidad universitaria, en forma tal que se fortalezca una cultura jurÃdica institucional objetiva, eficiente, transparente y oportuna.
8. La Comisión Especial le solicitó al Centro de Planificación y Programación Institucional el estudio técnico respectivo para reestructurar la Oficina JurÃdica actual. El resultado de dicha solicitud aparece como anexo 1 a la propuesta.
Con base en los fundamentos indicados, SE ACUERDA:
1. Reestructurar la actual Oficina JurÃdica creada según acuerdo 1064-1993, ArtÃculo V, inciso 2), del 10 de noviembre de 1993.
2. Crear una unidad de asesorÃa jurÃdica especializada para el Consejo Universitario.
3. Crear una asesorÃa jurÃdica especializada para la RectorÃa.
4. Para la reestructuración de la Oficina JurÃdica, se aprueba:
a. Redefinir la organización, el ámbito de acción y las funciones de la Oficina JurÃdica actual.
b. Trasladar orgánica, estructural y jerárquicamente la Oficina JurÃdica a la RectorÃa, respetando los derechos laborales y salariales de sus funcionarios.
c. Determinar cómo función general de la Oficina JurÃdica, la asesorÃa jurÃdica institucional, en todos los ámbitos de su competencia, excepto lo que tiene que ver con la Unidad de AsesorÃa JurÃdica del Consejo Universitario y la asesorÃa jurÃdica de la RectorÃa.
d. Determinar las funciones sustantivas y especÃficas de la Oficina JurÃdica como sigue:
i. Atender todos los asuntos jurÃdicos que sea parte la Universidad, excepto en aquellos casos que por su naturaleza se requiera de un especialista externo.
ii. Confeccionar los documentos legales en que la UNED sea parte con otras personas fÃsicas o jurÃdicas, instituciones públicas o privadas, a nivel nacional o internacional.
iii. Plantear las gestiones administrativas y disciplinarias que establece el Estatuto de Personal y las Leyes.
iv. Ejercer, cuando corresponda, la representación judicial y extrajudicial de la Universidad.
v. Capacitar a los funcionarios sobre aspectos legales de interés institucional.
vi. Atender los procedimientos disciplinarios, según lo dispuesto en el Estatuto de Personal.
vii. Dar la atención especializada que demanden la Oficina de Contratación y Suministros y la Oficina de Recursos Humanos para lo cual destacará el personal profesional requerido en cada caso.
viii. Dictaminar los Proyectos de Ley que se reciban para consulta del Consejo Universitario.
ix. Rendir los dictámenes que le solicite la Administración o cualquiera de sus instancias, en materias propias de su competencia, debiéndose publicar en la intranet institucional aquellos de interés general.
x. Analizar y revisar permanentemente toda la normativa institucional y realizar las propuestas de reformas en los casos que considere necesarios. El análisis y revisión comprenderá un dictamen sobre la ausencia de contradicción entre las distintas normativas, asà como las derogatorias que procedan.
xi. Rendir el refrendo interno de los contratos y convenios en que sea parte la UNED.
xii. Levantar las actas administrativas de interés para la UNED.
xiii. Ofrecer, en coordinación con la Oficina de Recursos Humanos, los cursos de capacitación jurÃdica permanente, en materia de normativa legal que el personal de la UNED requiera.
xiv. Cualesquiera otras actividades que por su especial naturaleza jurÃdica deba ser atendida por esta Oficina.
5. Establecer como las funciones especÃficas de quien ejerza la jefatura de la Oficina JurÃdica las siguientes:
a. Actuar como superior jerárquico de la Oficina y asignar los deberes y responsabilidad del personal a su cargo.
b. Avalar los dictámenes jurÃdicos que se emitan por parte de esta oficina.
c. Participar en las actividades que en razón de su cargo sea convocado por el Consejo Nacional de Rectores (CONARE) o nombrar quien ha de representarlo.
d. Atender las gestiones judiciales y extrajudiciales del Rector, que sean de su competencia.
e. Emitir criterio para gestionar las consultas facultativas ante entes consultivos, como la ContralorÃa General de la República y la ProcuradurÃa General de la República.
f. Cualquiera otra labor inherente al ejercicio de sus funciones.
6. Para la implementación de la Unidad de AsesorÃa JurÃdica del Consejo Universitario, se aprueba:
a. Será la unidad responsable de brindar los servicios de asesorÃa jurÃdica a este órgano.
b. Determinar cómo las funciones sustantivas y especÃficas que llevará a cabo la Unidad de AsesorÃa JurÃdica del Consejo Universitario, las siguientes:
i. Definir la admisibilidad legal de los asuntos que debe conocer el Consejo Universitario.
ii. Prevenir oportunamente al Consejo Universitario sobre las eventuales consecuencias del incumplimiento de aquellos acuerdos que tengan implicaciones legales y que son informados por parte de la SecretarÃa General del Consejo Universitario.
iii. Asesorar en la fundamentación jurÃdica de los acuerdos propuestos por las comisiones del Consejo Universitario o que surjan del Plenario, cuando le sea solicitado.
iv. Presentar el proyecto de resolución de los recursos administrativos que sean interpuestos ante el Consejo Universitario.
v. Rendir los dictámenes que el Plenario o alguna de sus comisiones le soliciten, en materias propias de su competencia.
vi. Dictaminar las propuestas de reglamentos que surjan de las comisiones antes de elevarse a Plenario.
c. Esta unidad estará bajo la responsabilidad de un profesional en derecho, quien será nombrado y removido por el Consejo Universitario, con al menos las dos terceras partes de los votos de sus miembros. Contará con personal de apoyo para las labores de la atención de servicios de asesorÃa jurÃdica, previa autorización del Consejo Universitario. La gestión administrativa de la Unidad será atendida por el Rector, en su condición de Presidente.
d. La plaza que se requiere tendrá la naturaleza de un puesto de confianza, y se regirá por el reglamento respectivo.
e. El funcionamiento de la Unidad de AsesorÃa JurÃdica para el Consejo Universitario estará regulado por el reglamento que se apruebe para tal fin.
7. En el caso de la asesorÃa jurÃdica especializada para la RectorÃa, corresponderá a su titular determinar sus competencias y su ámbito de acción.
Este acuerdo rige a partir del 8 de junio del 2012.
ACUERDO FIRME
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- Última actualización: Viernes, 22 Julio 2016 20:10