SESIÓN 2840-2021
ARTÍCULO III, inciso 4)
1) El oficio CR-2021-069 del Consejo de Rectoría, referente a la
remisión del oficio CPPI-004-2021 del Centro de Planificación y
Programación Institucional (CPPI), en relación con el “Informe
de Evaluación Operativa y Presupuestaria e información
complementaria al I y II Semestre del año 2020”, y el correo
electrónico del 25 de enero del 2021 de la Oficina de Control de
Presupuesto, en relación con el “Informe de liquidación
presupuestaria del año 2020”. (REF. CU-018-2021). Al respecto,
en dicho oficio se indica:4
“SE ACUERDA:
1. Dar por recibido el oficio CPPI-004-2021 de fecha 22 de
enero del año 2021 (REF. 071-2021) suscrito por la señora
Jenipher Granados Gamboa, jefe a.i. del Centro de
Planificación y Programación Institucional.
2. Dar por recibido el Informe de Liquidación Presupuestaria
año 2020, presentado por el señor Roberto Ocampo, jefe
a.i. de la Oficina de Control de Presupuesto. (REF. 073-
2021)
3. Remitir al Consejo Universitario el oficio CPPI-004-2021
(REF. 071- 2021) suscrito por la señora Jenipher Granados
Gamboa, jefe a.i. del Centro de Planificación y
Programación Institucional, donde remite documento
titulado: “Informe de Evaluación Operativa y
Presupuestaria e información complementaria al I y II
Semestre del año 2020”, para el debido trámite.
4. Remitir al Consejo Universitario el informe de liquidación
presupuestaria del período año 2020, presentado por el
señor Roberto Ocampo, jefe de la Oficina de Control de
Presupuesto (REF. 073-2021), para el debido trámite.
/ACUERDO FIRME” (El subrayado no es del original)
2) Con el oficio CR-2021-069 del Consejo de Rectoría, se adjunta el
oficio CPPI-004-2021, de fecha 22 de enero, 2021, suscrito por la
señora Jenipher Granados Gamboa, jefe ai del Centro de
Planificación y Programación Institucional (CPPI), el cual está
dirigido al Consejo de Rectoría. En este oficio se indica:
“Por este medio se hace entrega del documento: “Informe de
evaluación operativa y presupuestaria e información
complementaria, correspondiente al I y II semestre del año
2020” para su conocimiento y análisis. Dicho documento
atiende la última reforma a las Normas Técnicas sobre
Presupuesto Público, la norma 4.3.15 que define que el
suministro de la información complementaria sobre la ejecución
presupuestaria del segundo semestre del 2020 debe remitirse
en forma conjunta con la información de la fase de evaluación
presupuestaria (anual 2020).
Debido a lo anterior, la elaboración del Informe requirió
adicionalmente del aporte de diversas dependencias del área
financiera (Oficina de Contablidad y Oficina de Control de
Presupuesto) y de planificación (Centro de Investigación y
Evaluación Instituacional), las cuales realizaron el envío de la
información según lo acordado. 5
Cualquier consulta o colaboración con gusto será atendida.”
3) Lo establecido en los artículos 6, 7, 17 y 19 en el “Reglamento
para la Formulación, Ejecución y Evaluación del Plan Operativo
Anual, Presupuesto Ordinario, Modificaciones Presupuestarias
y Presupuesto Extraordinarios de la UNED” vigente, aprobado
por el Consejo Universitario (CU) en sesión 2317-2014, Art. III,
celebrada el 20 de febrero del 2014, en atención a las Normas
Técnicas sobre Presupuesto Público (R-DC-24-2012).
4) Mediante la Resolución R-DC-73-2020 de la Contraloría General
de la República (CGR) reforma las “Normas Técnicas sobre
Presupuesto Público (R-DC-24-2012), publicada en el Alcance
No. 266 de La Gaceta No. 245, de fecha 7 de octubre de 2020.
5) En la Resolución R-DC-73-2020 citada, se reforma las normas
4.3.15, 4.3.16 y 4.3.19, entre otras, en particular las norma 4.3.15,
4.3.16 y 4.3.19, las cuales define la información detallada, que
debe enviarse a la Contraloría General de la República sobre la
ejecución presupuestaria al 31 de diciembre de cada año. Al
respecto se indica:
“4.3.15 Suministro de la información complementaria sobre
la ejecución presupuestaria. La información complementaria
sobre la ejecución presupuestaria deberá incorporarse,
semestralmente, en el sistema electrónico diseñado por la
Contraloría General para tales efectos, en forma conjunta con
la información que se genere producto de la fase de evaluación
presupuestaria, y comprenderá lo siguiente:
a) Instrumento o mecanismo que confirme la oficialidad de
la información incorporada al sistema.
El jerarca de la institución, o de la instancia -legal o
contractualmente- competente para el suministro de la
información de la ejecución presupuestaria al Órgano Contralor,
o el encargado de asuntos financieros, deberá confirmar la
oficialidad de la misma. Para lo anterior, la normativa que
regule el sistema electrónico determinará el instrumento o
mecanismo específico a utilizar para dicha confirmación.
b) Información Complementaria
i. Resultado de la ejecución financiera: El comportamiento de la
ejecución de los ingresos y gastos, agrupados según los
clasificadores de ingreso, por objeto del gasto y económico del
gasto vigentes, así como cualquier otro clasificador que la
Contraloría General solicite, en el cual se detalle los aspectos 6
relevantes de la ejecución presupuestaria y las principales
limitaciones presentadas en materia de percepción de ingresos
y ejecución de gastos.
ii. Proyectos de inversión pública: Detalle de los proyectos de
inversión pública, que por su monto debe informarse según la
norma 4.2.14, en el cual deberá indicarse el nombre del
proyecto, el monto total presupuestado, las metas anuales (o
semestrales) que se programaron alcanzar, el monto de gasto
ejecutado, así como el avance en el logro de las metas.
iii. Remuneraciones: Detalle de plazas para cargos fijos y
servicios especiales indicando el número de plazas por
categoría; el salario base o salario único de cada categoría,
según sea el caso; detalle de dietas que se cancelan en la
institución especificando la base legal, el o los órganos cuyos
miembros son acreedores de ese reconocimiento, cantidad de
miembros a los que se les hace el pago y de las sesiones
mensuales remuneradas; desglose de los incentivos salariales
que se reconocen en la institución, con su respectiva base
legal, justificación y puestos para los que rige.
iv. Transferencias: Detalle de las transferencias que se giraron
durante el semestre señalando los entes u órganos
beneficiarios directos, la finalidad y el monto transferido; y,
cuando corresponda, la referencia del presupuesto en el que la
entidad preceptora haya incorporado dichos recursos.
v. Principal, amortización e intereses de la deuda: Detalle por
préstamo del principal, la amortización e intereses cancelados
durante el semestre y el saldo de la deuda considerando esa
amortización.
vi. Identificación de necesidades de ajustes, ya sea a nivel de
presupuestación o de ejecución, obtenida como resultado de
las fases de control y ejecución presupuestaria.
vii. Los estados financieros que la institución debe emitir de
acuerdo con la normativa contable que le rige, con corte al 30
de junio de cada año.
viii. Actualización en el sistema electrónico diseñado por la
Contraloría General para tales efectos, del avance en el
cumplimiento de objetivos y metas, conforme la ejecución del
presupuesto.
ix. Cualquier información que sea solicitada mediante
requerimientos específicos, por la Contraloría General de la
República.”7
“4.3.16 Liquidación presupuestaria. Es el cierre de las
cuentas del presupuesto institucional que se debe hacer al
terminar el ejercicio económico, con el cual se obtiene el
resultado global de la ejecución del presupuesto, tanto a nivel
financiero -déficit o superávit-como de las realizaciones de los
objetivos y metas previamente establecidos para cada uno de
los programas presupuestarios.” (…)
“4.3.19 Información sobre la liquidación presupuestaria
que debe suministrarse a la Contraloría General y
documentación adjunta. La información de la liquidación
presupuestaria y documentación adjunta a ella que debe
incorporarse en el sistema electrónico diseñado por la
Contraloría General, comprenderán lo siguiente:
a) Instrumento o mecanismo que confirme la oficialidad
de la información
i) El jerarca de la institución o de la instancia -legal o
contractualmente- competente para el suministro de la
información de la liquidación presupuestaria al Órgano
Contralor, deberá confirmar la oficialidad de la misma. Para
lo anterior, la normativa que regule el sistema electrónico
diseñado por la Contraloría General para la incorporación de
la información, determinará el instrumento o mecanismo
específico a utilizar para dicha confirmación.
ii) Referencia del acuerdo mediante el cual el jerarca
conoció o aprobó según corresponda la liquidación
presupuestaria. Tratándose de contratos de fideicomiso se
suministrará el documento que haga constar que la
liquidación presupuestaria fue conocida por el órgano que
sea legal y contractualmente competente para tal efecto.
b) Resultados de la liquidación presupuestaria.
i) Resumen a nivel institucional que refleje la totalidad de los
ingresos recibidos y el total de gastos ejecutados en el
periodo. Lo anterior, a fin de obtener el resultado de la
ejecución del presupuesto institucional - superávit o déficit-.
En caso de que el resultado al final del año fuese deficitario,
debe elaborarse un plan para lograr la amortización del
déficit, el cual debe ser aprobado por el jerarca. El contenido
de dicho plan podrá ser requerido para efectos de
fiscalización posterior
ii) Detalle de la conformación del superávit específico del
periodo según el fundamento legal o especial que lo justifica.
iii) Monto del superávit libre o déficit, -superávit o déficit total
menos superávit específico- del periodo. 8
iv) Detalle del cálculo de cada uno de los componentes del
superávit específico identificado por cada fuente de recurso.
v) Detalle del superávit acumulado total y por cada una de
las fuentes - libre y específico
c) Información complementaria:
i) Comentarios generales de la liquidación de los ingresos y
gastos.
ii) Un estado o informe que demuestre la congruencia del
resultado de la liquidación del presupuesto -superávit o
déficit-, con la información que reflejan los estados
financieros con corte al 31 de diciembre del periodo
respectivo.
iii) Los estados financieros que la institución debe emitir de
acuerdo con la normativa contable que le rige, con corte al
31 de diciembre.
iv) La situación económico-financiera global de la institución,
con base en la información de los estados financieros en
complemento de la ejecución presupuestaria.
v) Cualquier información que sea solicitada mediante
requerimientos específicos de la Contraloría General de la
República.”
6) El oficio OCP-2021-008 de fecha 26 de enero, 2021, suscrito por
el señor Roberto Ocampo Rojas, jefe ai de la Oficina de Control
de Presupuesto, mediante el cual remite al Consejo
Universitario el “Informe de Ejecución Presupuestaria al 31 de
diciembre del 2020. (REF.CU:019-2021)
7) La presentación realizada de manera conjunta entre la señora
Jenipher Granados Gamboa, jefe a.i. del Centro de Planificación
y Programación Institucional (CPPI), y los señores Greivin Solís
Zárate, funcionario del CPPI, Roberto Ocampo Rojas, jefe a.i. de
la Oficina de Control de Presupuesto y Delio Mora Campos,
director Financiero a.i., sobre el Informe de Ejecución
Presupuestaria al 31 de diciembre del 2020 (REF.CU:019-2021) e
Informe de Evaluación Operativa y Prespuestaria,
correspondiente al I y II semestre 2020. (REF.CU-023-2021)
8) El “Informe de Evaluación operativa y presupuestaria e
información complementaria, correspondiente al I y II semestre
del año 2020”, elaborado por el Centro de Planificación y 9
Programación Institucional (CPPI) con la colaboración de varias
instancias de la Universidad, se formuló con fundamento en la
reforma de las Normas Técnicas sobre Presupuesto Público,
concordante con la Resolución R-DC-73-2020 de la Contraloría
General de la República. Al respecto se hace un análisis de los
indicadores de cumplimiento operativo para cada uno de los
nueves Programas Presupuestarios de la institución
establecidos en el POA Presupuesto 2020 (Dirección Superior y
Planificación; Administración General; Vida Estudiantil;
Docencia; Extensión; Investigación; Producción y Distribución
de Materiales; Inversiones; Acuerdo de Mejoramiento
Institucional). Cada análisis se desglosa en varias secciones, a
saber: Nivel de Ejecución Operativa; Principales logros y
productos; Limitaciones que tuvo cada programa para su
cumplimiento; Relación del Plan Operativo Anual con el
Presupuesto Institucional, incluyendo además los
subprogramas correspondientes.
9) También se incluye en el “Informe de Evaluación operativa y
presupuestaria e información complementaria, correspondiente
al I y II semestre del año 2020” una “Propuesta de Plan de
Mejora 2020”, en el que se indica:
“A continuación se presentan una serie acciones de mejora,
mediante las cuales se espera mitigar o subsanar las
limitaciones que se identificaron por medio de la evaluación del
segundo semestre del Plan Operativo Anual 2020. / Dichas
acciones se establecen en tres niveles: 1. Acciones
institucionales; 2. Acciones por programa, asociadas a las
limitaciones presentadas por las instancias y 3. Acciones
específicas por dependencia.” (p. 181)
10) En cuanto a los “Resultados Generales del Cumplimiento de las
Metas de los Programas Operativos de la UNED”, se indica en las
páginas 181 y 182 del “Informe de Evaluación operativa y
presupuestaria e información complementaria, correspondiente al
I y II semestre del año 2020”:
“En el Plan Operativo Anual se programaron 1165 metas para
ejecutar durante el año 2020, distribuidas entre los Programas
Operativos de la UNED. En el Cuadro 48 se muestra el nivel de
ejecución operativa de estas metas al 31 de diciembre del 2020
(…) / El porcentaje general de ejecución de las 1165 metas
programadas fue de un 88%, lo cual significa que 8 de los 9
Programas Operativos de la UNED tuvieron una ejecución
adecuada de las actividades del quehacer universitario, de
acuerdo con lo programado. Pese a que los responsables de
las actividades presupuestarias identificaron limitaciones que 10
afectaron su gestión, se destaca que el 81.63% de las metas
programadas alcanzaron niveles de ejecución entre el 80% y el
100%. (…) / Según el índice de gestión de la Contraloría
General de la República, las metas con resultados inferiores al
50% se consideran como no realizadas o de ejecución no
adecuada, deficiente o no oportuna en relación con la
programación. En el caso de las metas con resultados entre el
rango del 50% y el 79% se considera que hubo una ejecución
no adecuada, es decir, metas realizadas parcialmente o con
deficiencias en la programación. / Por tal razón, se recomienda
enfocar este plan de mejora en los programas y metas del
primer grupo, es decir, en aquellas con resultados menores al
50%, donde destacan las relacionadas con el programa 8
Inversiones, en términos de ejecución presupuestaria. En el
siguiente gráfico se observan los resultados alcanzados por los
diferentes programas, según la clasificación establecida. Cabe
señalar que el 18.37% de las metas programadas a nivel
institucional presentan rangos de ejecución menores al 80%;
siendo los Programas 07 Producción y Distribución de
Materiales, Programa 04 Docencia y 01 Dirección Superior y
Planificación, los que tienen la mayor proporción. Sin embargo,
el Programa 08 Inversiones presenta el 50% de las metas con
nivel de ejecución por debajo del 80%.” (El subrayado no es el
original).
11) También se incluye en el mencionado “Informe de Evaluación
operativa y presupuestaria e información complementaria,
correspondiente al I y II semestre del año 2020”, el cuadro 49,
donde se muestra la relación del Plan Operativo Anual con el
Presupuesto Institucional. Al respecto se indica:
“De conformidad con el Informe de Ejecución Presupuestaria al
31 de diciembre del 2020, se ha elaborado el siguiente cuadro,
cuya información permite realizar un análisis del presupuesto
asignado y ejecutado en cada Programa Presupuestario de la
UNED, mediante el saldo disponible y el porcentaje de ejecución
presupuestaria.” (p. 183)
12) Finalmente, se anexan diecisiete documentos como información
complementaria en concordancia con lo establecido en la
Norma Técnica 4.3.15 de las Normas Técnicas Para Presupuesto
Público, según lo establecido en la Resolución R-DC-73-2020 de
la Contraloría General de la República (CGR), referente a las
reformas aprobadas por el despacho de este órgano contralor,
publicada en octubre del 2020. Los documentos adjuntos como
anexos son los siguientes:11
• Informe de Evaluación Operativa y Presupuestaria e Información
Coplementaria, correspondiente al I y II Semestre del 2020, elaborado
por el CPPI.
• Estados Financieros 2020, elaborado por la Oficina de Contabilidad.
• Informe de progreso de las acciones para la implementación del
Sistema Estratégico de Indicadores de la UNED: indicadores de
resultados (efectos e impactos), elaborado por el CIEI.
• Informe Estados Financieros Diciembre 2020, elaborado por la Oficina
de Contabilidad General
• Metodología Evaluación Impacto CIEI 2020, elaborado por el CIEI.
• Sistema Estratégico de Indicadores UNED 2020, elaborado por el
CIEI.
• Informe Indicadores con respecto a PLANES, Datos 2020, elaborado
por el CIEI
• Informe de Ejecución Presupuestaria al 31 de diciembre 2020,
elaborado por la Oficina Control de Presupuesto
• Informe de Publicidad 2020, elaborado por la Oficina Control de
Presupuesto.
• Proyectos de Inversión Pública año 2020, NTSPP, Norma 4.2.14, b) iii,
CU Puriscal, elaborado por la Oficina de Presupuesto.
• Proyectos de Inversión Pública año 2020, NTSPP, Norma 4.2.14 b) iii,
Iniciativas AMI – UNED, elaborado por la Oficina de Presupuesto.
• Detalle Proyectos de Inversión Pública 2020, elaborado por el CPPI y
la Oficina Control de Presupuesto.
• Informe de Dietas II Semestre 2020, elaborado por la Oficina Control
de Presupuesto.
• Informe Ejecución Presupuestaria III Trimestre 2020,
ORH.USP.2020.5783, elaborado por la Oficina de Recursos Humanos.
• Detalle de Servicios Especiales 2020, elaborado por la Oficina de
Recursos Humanos.
• Liquidación Contraloría 2020, Transferencias Ingresos Corrientes y
Capital, elaborado por la Oficina Control de Presupuesto.
• Transferencias Egresos 2020, Informe de Contraloría 2do semestre
2020, elaborado por la Oficina Control de Presupuesto.
13) El oficio R-0041-2021 del 28 de enero del 2021 (REF. CU-024-
2021), suscrito por el señor rector, Rodrigo Arias Camacho, en
el que presenta justicación de la urgencia de conocer el
“Informe de Evaluación Operativa y Presupuestaria e
información complementaria al I y II Semestre del año 2020”, y
el “Informe de liquidación presupuestaria del año 2020” (REF.
CU-018-2021).
SE ACUERDA:
1) Aprobar el “Informe de Evaluación operativa y presupuestaria e
información complementaria, correspondiente al I y II semestre
del año 2020”, en los términos desarrollados por el Centro de
Planificación y Programación Institucional y la Oficina de 12
Control de Presupuesto, con la colaboración de varias
instancias de la Universidad.
2) Acoger la “Propuesta de Plan de Mejora 2020” que se indica en
el citado Informe, referente al cumplimiento de las metas
establecidas en el POA Presupuesto 2020.
3) Acoger la “Propuesta de acciones de mejora”, que se incluyen
en el “Informe de Evaluación operativa y presupuestaria e
información complementaria, correspondiente al I y II semestre
del año 2020”. Al respecto se instruye a la administración, para
que se cumplan las siguientes acciones:
a. El Centro de Planificación y Programación Institucional, el
Programa de Control Interno, la Oficina de Presupuesto y
la Oficina de Control de Presupuesto continuarán el
desarrollo periódico de acciones focalizadas para apoyar a
los responsables de las actividades presupuestarias en la
formulación, seguimiento y evaluación del PlanPresupuesto, especialmente en los casos de los nuevos
nombramientos.
b. Recordar a los responsables de las actividades
presupuestarias que cuando se da la subrogación de una
dependencia debe asumir, entre otras responsabilidades,
las relacionadas con la planificación institucional.
c. Analizar y fiscalizar el comportamiento de la ejecución del
Programa 8 de Inversiones, ya que es el programa que
presenta la menor ejecución presupuestaria (36%), que en
términos monetarios representa un presupuesto sin
ejecución de aproximadamente 8.922 millones de colones.
d. Recordar a los responsables de las actividades
presupuestarias y a los diversos coordinadores realizar el
análisis de sus servicios, con el fin de simplificar los
procesos y apoyarse en los recursos tecnológicos, en la
medida de lo posible.
e. Dar seguimiento al desarrollo de los proyectos del fondo
del sistema de recursos del FEES para mejorar su
ejecución presupuestaria.
f. Los responsables de las actividades presupuestarias
deben analizar las necesidades, en virtud de los objetivos y
las metas establecidas en su plan operativo anual, con el 13
fin de definir oportunamente la distribución del
presupuesto y plantear las modificaciones en los primeros
meses del año, que les facilite la adquisición de recursos y
servicios, acorde con los procesos administrativos de la
Universidad, con lo anterior se busca evitar o disminuir los
compromisos pendientes de pago y la reducción del
superávit libre.
g. La Oficina de Control de Presupuesto informará a las
dependencias sobre su ejecución trimestral, con el fin de
que los responsables de las actividades presupuestarias
den el respectivo seguimiento y realicen las adquisiciones
de manera oportuna y no se vea afectado el presupuesto
del año siguiente. Asimismo, informe al Consejo
Universitario al final del primer semestre del 2021, sobre el
cumplimiento de las acciones anteriores.