Comunicados

Medidas de Apoyo Económico a Estudiantiles II y III Cuatrimestre 2023

Consulte el acuerdo completo

Acuerdo tomado por el Consejo de Rectoría, sesión No. 2268-2023, Artículo II, inciso 14), celebrada el 24 de abril del 2023.

Se acuerda: 

  1. Dar por recibido el oficio DAES-067-2023 con fecha 13 de abril del 2023 (REF.961-2023) suscrito por la señora Raquel Zeledón Sánchez, directora a.i. Asuntos Estudiantiles.
     
  2. Solicitar al Consejo Universitario, ratificar las siguientes medidas de apoyo económico para las diferentes poblaciones estudiantiles de la Universidad para el segundo y tercer cuatrimestre del año 2023:

    a. Mantener la exoneración de certificaciones del título a recibir para las personas estudiantes, a graduarse en la tercera graduación del año 2023, esto las veces que la persona estudiante así lo requiera.

    b. Mantener la exoneración de derechos de graduación a la población becaria de forma equivalente con el porcentaje de beca que se le aplicó durante el primer y segundo cuatrimestre 2023, para la tercera graduación del año 2023. La exoneración de los derechos de graduación se aplica a quienes han contado con beca en al menos un cuatrimestre de los años 2020, 2021, 2022 y 2023, períodos en que se mantuvo en vigencia la medida de apoyo estudiantil en el contexto de la pandemia por COVID 19.

    c.  Exonerar el arancel de matrícula, a las personas estudiantes con beca, de forma equivalente con el porcentaje de beca con la que cuenta, excluyendo la cuota estudiantil.

    d.  Mantener la exoneración de la cuota estudiantil a la población con beca socioeconómica categoría A.

    e.  Exonerar del pago del arancel los exámenes de reposición que se aplican en las asignaturas matriculadas en el segundo y tercer cuatrimestres del año 2023.

    f.   Ampliar las medidas de acción afirmativa para facilitar el acceso y permanencia de poblaciones estudiantiles de mayor vulnerabilidad social: personas en condición de privación de libertad y población indígena, se detallan a continuación las medidas afirmativas para cada población:

    f.1. Exonerar a la población en privación de libertad del costo de asignaturas, matrícula y cuota estudiantil, para el segundo y tercer cuatrimestres del año 2023. Esta exoneración cubrirá un máximo de cuatro asignaturas de pregrado o grado para cada período académico y para una única carrera. Para esta exoneración el Programa de Atención a Estudiantes Privados de Libertad establecerá el proceso necesario en conjunto con la Oficina de Atención Socioeconómica y la Oficina de Tesorería para su implementación. Esta exoneración se mantendrá durante el período establecido y siempre que continúe la situación de privación de libertad, incluye personas con medidas alternativas, estas últimas personas podrán realizar la solicitud del Fondo Solidario Estudiantil para conectividad y otros apoyos de acuerdo con el procedimiento establecido para ese efecto.

    f.2. Exonerar a la población estudiantil auto identificada indígena en el costo de asignaturas, matrícula y cuota estudiantil, que en la actualidad no cuenta con beca, previamente identificados por el Programa de Coordinación y Atención Intercultural, para el segundo y tercer cuatrimestres del año 2023. Cubrirá un máximo de cuatro asignaturas de pregrado y grado por período académico y una única carrera. Para esta exoneración el Programa de Coordinación y Atención Intercultural, establecerá el proceso necesario en conjunto con la Oficina de Atención Socioeconómica y la Oficina de Tesorería para su implementación. Esta población estudiantil podrá realizar la solicitud del Fondo Solidario Estudiantil para conectividad y otros apoyos de acuerdo con el procedimiento establecido para ese efecto.

    g. Mantener la autorización para que el Fondo Solidario Estudiantil se utilice para cubrir el pago de conectividad a internet, en el segundo cuatrimestre y tercer cuatrimestre del año 2023, para las personas con beca socioeconómica y las personas incluidas en el punto anterior y que cumplan los criterios establecidos por la Oficina de Atención Socioeconómica, incluyendo a las personas estudiantes de la Dirección de Extensión.

    h. Mantener la suspensión de la aplicación del artículo 20 del Reglamento a Becas a Estudiantes de pregrado y grado de la UNED, en el segundo y tercer cuatrimestre del año 2023.

    i. Aplicar un descuento general del 30% en los aranceles de cada asignatura de los programas de posgrado en el segundo y tercer cuatrimestres del año 2023.

    j. Extender para el segundo y tercer cuatrimestre del año 2023, la vigencia del transitorio del Reglamento de Pago Diferido para Estudiantes de la UNED:
    TRANSITORIO. Autorizar que las personas estudiantes matriculadas en programas regulares de pregrado, grado, posgrado o de extensión, puedan diferir el 100% del valor de los aranceles a pagar durante los períodos académicos del año 2023. Solicitar los siguientes requisitos para acceder a este beneficio: ser estudiante regular y activo, no tener deudas pendientes con la Universidad. Para otorgar esta opción se debe firmar una letra de cambio en todos los casos y contar con una persona fiadora.

    k. Mantener la disminución de un 20% de los aranceles correspondientes a todos los cursos incluidos en la oferta ordinaria del segundo y tercer cuatrimestre del año 2023 de los Programas: Desarrollo Gerencial, Desarrollo Educativo, Persona Adulta Mayor, Centro de Idiomas y Área de Comunicación y Tecnología, todos de la Dirección de Extensión Universitaria.


ACUERDO FIRME.

Rectoría

Universidad Estatal a Distancia

Dirección: UNED Sede Central, Edificio B, 3er piso, Mercedes, Montes de Oca.

Teléfono: +506 2224-1689 / Fax: +506 2253-4990

Contáctenos

Enlaces de interés

UNED, Costa Rica. Teléfono: +506 2527-2000 Contacto | Directorio | Aviso legal | DTIC