Comunicados
Medidas de Apoyo Económico a Estudiantiles II y III Cuatrimestre 2023
Consulte el acuerdo completoAcuerdo tomado por el Consejo de Rectoría, sesión No. 2268-2023, Artículo II, inciso 14), celebrada el 24 de abril del 2023:
Se acuerda:
- Dar por recibido el oficio DAES-067-2023 con fecha 13 de abril del 2023 (REF.961-2023) suscrito por la señora Raquel Zeledón Sánchez, directora a.i. Asuntos Estudiantiles.
- Solicitar al Consejo Universitario, ratificar las siguientes medidas de apoyo económico para las diferentes poblaciones estudiantiles de la Universidad para el segundo y tercer cuatrimestre del año 2023:
a. Mantener la exoneración de certificaciones del título a recibir para las personas estudiantes, a graduarse en la tercera graduación del año 2023, esto las veces que la persona estudiante así lo requiera.
b. Mantener la exoneración de derechos de graduación a la población becaria de forma equivalente con el porcentaje de beca que se le aplicó durante el primer y segundo cuatrimestre 2023, para la tercera graduación del año 2023. La exoneración de los derechos de graduación se aplica a quienes han contado con beca en al menos un cuatrimestre de los años 2020, 2021, 2022 y 2023, períodos en que se mantuvo en vigencia la medida de apoyo estudiantil en el contexto de la pandemia por COVID 19.
c. Exonerar el arancel de matrícula, a las personas estudiantes con beca, de forma equivalente con el porcentaje de beca con la que cuenta, excluyendo la cuota estudiantil.
d. Mantener la exoneración de la cuota estudiantil a la población con beca socioeconómica categoría A.
e. Exonerar del pago del arancel los exámenes de reposición que se aplican en las asignaturas matriculadas en el segundo y tercer cuatrimestres del año 2023.
f. Ampliar las medidas de acción afirmativa para facilitar el acceso y permanencia de poblaciones estudiantiles de mayor vulnerabilidad social: personas en condición de privación de libertad y población indígena, se detallan a continuación las medidas afirmativas para cada población:
f.1. Exonerar a la población en privación de libertad del costo de asignaturas, matrícula y cuota estudiantil, para el segundo y tercer cuatrimestres del año 2023. Esta exoneración cubrirá un máximo de cuatro asignaturas de pregrado o grado para cada período académico y para una única carrera. Para esta exoneración el Programa de Atención a Estudiantes Privados de Libertad establecerá el proceso necesario en conjunto con la Oficina de Atención Socioeconómica y la Oficina de Tesorería para su implementación. Esta exoneración se mantendrá durante el período establecido y siempre que continúe la situación de privación de libertad, incluye personas con medidas alternativas, estas últimas personas podrán realizar la solicitud del Fondo Solidario Estudiantil para conectividad y otros apoyos de acuerdo con el procedimiento establecido para ese efecto.
f.2. Exonerar a la población estudiantil auto identificada indígena en el costo de asignaturas, matrícula y cuota estudiantil, que en la actualidad no cuenta con beca, previamente identificados por el Programa de Coordinación y Atención Intercultural, para el segundo y tercer cuatrimestres del año 2023. Cubrirá un máximo de cuatro asignaturas de pregrado y grado por período académico y una única carrera. Para esta exoneración el Programa de Coordinación y Atención Intercultural, establecerá el proceso necesario en conjunto con la Oficina de Atención Socioeconómica y la Oficina de Tesorería para su implementación. Esta población estudiantil podrá realizar la solicitud del Fondo Solidario Estudiantil para conectividad y otros apoyos de acuerdo con el procedimiento establecido para ese efecto.
g. Mantener la autorización para que el Fondo Solidario Estudiantil se utilice para cubrir el pago de conectividad a internet, en el segundo cuatrimestre y tercer cuatrimestre del año 2023, para las personas con beca socioeconómica y las personas incluidas en el punto anterior y que cumplan los criterios establecidos por la Oficina de Atención Socioeconómica, incluyendo a las personas estudiantes de la Dirección de Extensión.
h. Mantener la suspensión de la aplicación del artículo 20 del Reglamento a Becas a Estudiantes de pregrado y grado de la UNED, en el segundo y tercer cuatrimestre del año 2023.
i. Aplicar un descuento general del 30% en los aranceles de cada asignatura de los programas de posgrado en el segundo y tercer cuatrimestres del año 2023.
j. Extender para el segundo y tercer cuatrimestre del año 2023, la vigencia del transitorio del Reglamento de Pago Diferido para Estudiantes de la UNED:
TRANSITORIO. Autorizar que las personas estudiantes matriculadas en programas regulares de pregrado, grado, posgrado o de extensión, puedan diferir el 100% del valor de los aranceles a pagar durante los períodos académicos del año 2023. Solicitar los siguientes requisitos para acceder a este beneficio: ser estudiante regular y activo, no tener deudas pendientes con la Universidad. Para otorgar esta opción se debe firmar una letra de cambio en todos los casos y contar con una persona fiadora.
k. Mantener la disminución de un 20% de los aranceles correspondientes a todos los cursos incluidos en la oferta ordinaria del segundo y tercer cuatrimestre del año 2023 de los Programas: Desarrollo Gerencial, Desarrollo Educativo, Persona Adulta Mayor, Centro de Idiomas y Área de Comunicación y Tecnología, todos de la Dirección de Extensión Universitaria.
ACUERDO FIRME.